TESTIMONIO: VISTO: La Ordenanza 15/92 que autoriza al Departamento Ejecutivo a rea-lizar un aporte similar al valor de la propiedad recibida en donación al Hospi-tal Geriátrico, y CONSIDERANDO: Que de la tasación efectuada surge que el aporte debiera ascender a $ 35.000.- Que el Articulo 3º establece que la Municipalidad propondrá la forma en que se realizará el aporte y que ésta propuesta debe ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante. Que el Departamento Ejecutivo considera conveniente y oportuno realizar el aporte en efectivo a través de un subsidio a la Cooperadora del Cen-tro. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 51/92 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar el aporte a que ------------ hace mención la Ordenanza 15/92, mediante un subsidio a la Coope-radora del Centro Geriátrico por la suma de $ 35.000.- (Pesos Treinta y cinco mil), la que se hará efectiva en seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecu-tivas, y serán destinadas a la realización de las obras planificadas para el año en curso, en el Centro Geriátrico y Hogar de Día Doctor Ernesto L. Pinto, pudiendo en caso de existir un remanente, destinarse el mismo a gastos de fun-cionamiento del Centro.------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las modificaciones ------------ presupuestarias para dar cumplimiento a la presente, pudiendo uti-lizar como medio de financiación economías de cualquier partida, excepto las financiadas con recursos afectados.------------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordi-naria, a los veintitrés días del mes de julio de mil novecientos noventa y dos. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--